sábado, 16 de abril de 2011

Sentencias judiciales

En diez días se han producido dos sentencias que juzgamos como muy importantes para la normalización del empleo, el uso y la recreación de los simbolos religiosos cristianos. La primera, el 18 de marzo el Tribunal Europeo de derechos Humanos revocó la sentencia de Cámara del mismo Tribunal sobre los Crucificos en las aulas de los Colegios italianos. Aquella sentencia había declarado que la presencia de los crucificos en los Colegios italianos era contraria al Convenio Europeo de los Derechos Humanos, porque el alumno se veía obligado a contemplar un signo religioso que podía ser contrario a sus convicciones. El Alto Tribunal dice que " no existe ninguna evidencia de que un crucifijo influya negativamente en los alumnos" En España el Tribunal Constitucional resuelve un pleito en una sentencia y declara que la tradición blinda los símbolos católicos frente a los cambios. El descanso de los domingos y los muchos emblemas, escudos, banderas, himnos, alegorías, divisas, lemas y conmemoraciones, han de ser objeto de protección porque muchos de ellos se encuentran integrados en el tejido social de un determinado colectivo y no cabe sostener que a través de ella los poderes públicos puedan trasmitir un respaldo o adherencia a postulados religiosos. El TC acaba invocando en su sentencia la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que hemos citado más arriba. Dos sentencias muy positivas para el resguardo y protección de nuestros sentimientos religiosos.

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